Visto el DICTAMEN N° 5425 emitido por el Ministerio de Capital Humano de la Nación de fecha 23 de Diciembre de 2023, el cual ha establecido que los descuentos previstos en el art. 132 de la LCT se continuarán realizando para los contratos de trabajo vigentes, presumiéndose también aceptados para los nuevos trabajadores si los mismos utilizan los beneficios del convenio, ej. Incrementos salariales, en virtud de ello TODAS LAS EMPRESAS deberán continuar con los descuentos legales, sindicales, convencionales y/o mutuales como hasta ahora, ya que así lo ha resuelto la Autoridad Legal Competente.
Comisión Directiva Sindicato de Pasteleros de Entre Ríos